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EN ESTA PAGINA IREMOS INCLUYENDO, TODO AQUELLO QUE SEA RELEVANTE EN EL MUNDO DE LA ELECTRICIDAD, NOTICIAS, NORMATIVA, PUBLICIDAD, MARCAS, VIDEOS, CURIOSIDADES, ETC.

 • REGLAMENTO ELECTROTECNICO BAJA TENSION R.E.B.T. DE 1973

 

http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/LegislacionNacionalGrupo.aspx?idregl=42

 

• REGLAMENTO ELECTROTECNICO BAJA TENSION R.E.B.T. DEL 2002

 

http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/LegislacionNacionalGrupo.aspx?idregl=76#reglamento

 

 • INSTALACION INTERRUPTOR CONTROL POTENCIA ICP  

¿Qué es un interruptor de control de potencia o I.C.P. ?

Es un dispositivo que tiene como finalidad controlar que la demanda de la potencia de los aparatos conectados a la instalación, no supere la potencia contratada para el punto de suministro.

¿Qué dice la Normativa sobre la instalación del ICP?

El artículo décimo del Real Decreto 1454/2005 [PDF]todos los suministros a consumidores deberán instalar elementos de control de potencia según los planes de instalación establecidos por las empresas distribuidoras y presentados ante las Administraciones Autonómicas. establece que

Asimismo y, según lo indicado en la Disposición Adicional Primera de la Orden ITC 1857/2008 [PDF]las empresas distribuidoras deberán comunicar a los consumidores la obligación que tienen estos de instalar los equipos y las posibilidades de adquisición e instalación de los mismos., en cumplimiento con lo establecido en el artículo comentado en el párrafo anterior,

Para dicha comunicación, IBERDROLA Distribución Eléctrica enviará dos requerimientos a los consumidores afectados en su zona de distribución, el primero informando de la obligatoriedad y requisitos para la colocación del ICP y si no se recibe respuesta, a los 20 días enviará el segundo, recordando que si en el plazo de otros 20 días naturales aún no lo tienen colocado, se deberá modificar automáticamente la facturación de los contratos, hasta la instalación del mismo.

La Orden ITC/1559/2010, de 11 de Junio, en la Disposición Adicional Segunda, establece el modo de facturar a partir del día 16 de Junio de 2010 para aquellos suministros que habiendo recibido los requerimientos antes mencionados no tengan instalado el ICP en el plazo indicado.

¿Qué ocurre si no está instalado el interruptor de control de potencia en el plazo indicado?

Según establece la legislación vigente, las empresas distribuidoras deben incrementar la factura del consumidor, hasta que éste comunique que tiene la caja o el ICP correctamente colocados.

Desde el 1 de Julio de 2009 la potencia contratada aplicada a todos los contratos de suministro a tarifa de acceso afectados ha sido de 20 kW. (ORDEN ITC/1857/2008, de 26 de junio, en la Disposición Adicional Primera)

A partir del 16 de Junio de 2010 según lo indicado en la nueva Orden ITC/1559/2010, de 11 de Junio, en la Disposición Adicional Segunda, se aplicará:

Consumidores conectados en baja tensión y con potencia contratada menor o igual a 10 kW, en estos casos se distinguirá lo siguiente:

Potencia contratada menor o igual 5 kW: se aplicará una potencia contratada de 10 kW a efectos de la facturación del peaje de acceso que le corresponda.

Potencia contratada de más de 5 kW y menos de 10 kW: se aplicará una potencia contratada de 20 kW a efectos de la facturación del peaje de acceso que le corresponda.

Consumidores conectados en baja tensión y con potencia contratada de más de 10 kW y menos de 15 kW: se aplicará una potencia contratada de 20 kW a efectos de la facturación del peaje.

A partir de la fecha en que quede instalado el ICP de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente se procederá a facturar de acuerdo con la tarifa y potencia que corresponda al suministro de acceso que le corresponda. 

¿Que debo de hacer para instalar el interruptor de control de potencia?

Primero, se debe comprobar si la caja normalizada está colocada en la pared, más o menos próxima al Cuadro General de Mando y Protección. Si dicha caja no está instalada, el titular del contrato debe contactar con un instalador autorizado en instalaciones eléctricas para que la coloque correctamente, ( Pudiendo llamarnos directamente a nuestro teléfono 629836376 o al 963954013 ). Se trata de tener disponible un espacio independiente del Cuadro General de Mando y Protección para instalar en él el interruptor de control de potencia.

https://www.iberdrola.es/webibd/corporativa/iberdrola?IDPAG=ESWEBREDCONTAVISOS

 

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